
Athletic Club
Pacto CVC de 2.000M
La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación presentado por Athletic y Real Madrid contra el acuerdo de LaLiga con el fondo británico CVC para comercializar los derechos audiovisuales de Primera y Segunda durante los próximos años a cambio de una compensación total de cerca de 2.000 millones de euros. El fallo consolida una sentencia previa y mantiene que los clubes siguen siendo titulares de esos derechos.
Qué pedían Athletic y Real Madrid
La apelación se planteó de forma conjunta contra el acuerdo que, previamente, había sido rechazado por Athletic, Real Madrid y Barcelona. Este último club no participó en la apelación.
El pacto impugnado contemplaba una inyección económica vinculada al 9% de los derechos audiovisuales generados por LaLiga y la creación de una nueva sociedad participada a partes iguales por la patronal y CVC para la gestión conjunta de la comercialización.
Decisión del tribunal y efecto sobre los derechos
La resolución conocida este martes confirma la sentencia dictada en febrero de 2024 por un tribunal de primera instancia, que validó la “validez de los acuerdos impugnados”.
Según la Audiencia Provincial, la operación no implica la cesión de los derechos audiovisuales al fondo de inversión, ya que “los clubes siguen siendo titulares de dichos derechos, sin perjuicio de la comercialización conjunta”.
Reacción de LaLiga y siguientes pasos
En un comunicado, LaLiga defendió que los clubes no adheridos al acuerdo no asumen los gastos asociados y que el riesgo de impago corresponde, en su caso, a quienes firmaron. También sostuvo que las partes contaron con información suficiente para fijar su postura.
Javier Tebas afirmó en X: “la política de la amenaza, de la presión permanente, de la judicialización sistemática y del recurso a influencias políticas espúreas”.
El Athletic no ha hecho declaraciones oficiales y se desconoce si acudirá al Tribunal Supremo. El Real Madrid, en cambio, anunció que presentará recursos y que, aunque “respeta plenamente” la resolución judicial, “discrepa de forma profunda” por no responder a cuestiones “de extraordinaria relevancia jurídica, económica e institucional”.









